Comunicado conjunto de Unión progresista de fiscales, Juezas y Jueces para la democracia, Unión progresista letrados de la administración de justicia y APDHE
HECHOS QUE SE DENUNCIAN
El domingo 17 de noviembre llegó a Barcelona, AHMED OMRAN, palestino, con visado expedido por el Consulado General de España en Jerusalén, procedente de Jordania.
Una vez en España, Ahmed solicitó asilo, esperando en la Sala de Admisiones del aeropuerto durante cinco días, siendo asistido por un abogado del turno de oficio durante su entrevista de asilo, en la que únicamente habló la policía.
El jueves 21 de noviembre, las autoridades españolas le denegaron el asilo y fue devuelto a Jordania. Al llegar a Jordania, le confiscaron todos sus documentos, le hicieron pagar el billete de avión en el que había sido devuelto, y le llevaron hasta la frontera de Palestina firmando un documento por el que se comprometía a no volver a Jordania sin coordinación previa.
Estos hechos no constituyen un supuesto aislado, existiendo evidencias de que se está actuando de la misma manera en las solicitudes de asilo por parte de ciudadanos/as palestinos/as.
CONSIDERACIONES AL RESPECTO
Queremos recordar al gobierno, que España ha sido condenada por el TEDH, entre otras, en sentencia de 2014, por vulnerar el Convenio Europeo de Derechos Humanos, en relación a 30 solicitantes de asilo saharauis que fueron expulsados de España, obligando, a nuestro Estado a garantizar, jurídica y materialmente, que los solicitantes de asilo, se mantengan en territorio español durante el examen de sus causas y hasta que la decisión interna sea pronunciada de forma definitiva con sentencia firme, debiendo concluir la fase administrativa y judicial en garantía de sus derechos.
En este caso, se ha procedido a la denegación de la solicitud de asilo a un ciudadano palestino, sin garantizarse sus derechos, cuando estamos asistiendo a la perpetración de un delito de genocidio contra los nacionales de este Estado por parte del Estado de Israel.
El mismo día en que AHMED OMRAN era devuelto, la Corte Penal Internacional, acordaba la detención de Benjamín Netanyahu y Yoav Gallant por ser responsables penalmente como coautores de crímenes de guerra cometidos contra el pueblo palestino.
Devolver a un nacional palestino en esta situación, es devolverle a una más que probable posibilidad de sufrir tratos inhumanos y degradantes, poniendo en riesgo su seguridad e inclusive su vida, habiendo sido asesinados en territorio palestino más de 43000 personas, incluidos niños.
La situación de los solicitantes de asilo palestinos que están llegando a España, supone que no se está garantizando el acceso al procedimiento de examen de la solicitud de protección internacional, conforme la Ley 12/2009 de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo, ni la normativa comunitaria e
internacional aplicable, de tal forma, que la Policía Nacional están permitiendo entrar como turistas a los palestinos, para que soliciten asilo en territorio español, en lugar de tramitarla directamente, como solicitud en frontera, de manera que, tras la entrevista se les concediera plaza en el sistema de protección.
Con ello, se incumplen todos los plazos legales; la cita de asilo tarda meses, y mientras, no tienen acceso a ninguna ayuda. Durante casi dos años no disponen de ayudas debiendo pernoctar en albergues sin acceso a servicios básicos y necesarios.
Al respecto, consideramos que:
1o- Deben agilizarse las fases durante su tramitación para garantizar el acceso a los sistemas de acogida de los solicitantes de asilo.
2o- Debe garantizarse un trato adecuado a los solicitantes de asilo por parte de todos los profesionales que intervienen en este proceso garantizando la aplicación de los procedimientos adecuados;
3o- Debe garantizarse el principio de no devolución mediante la mejora de los criterios de admisibilidad y elegibilidad de las personas solicitantes de protección internacional, y muy en especial de las personas palestinas que están siendo objeto de crímenes contra el derecho internacional, incluido el genocidio;
4o- Por último, debe garantizarse su asistencia sanitaria, y psicológica, pues en el momento actual los/as palestinos/as que están escapando de un genocidio, han vivido el asesinato en masa de sus seres queridos y la pérdida de todo cuanto tenían.
Por todo ello,
Solicitamos al Ministerio del Interior que garantice los Derechos Humanos de los solicitantes de asilo, respetando el papel esencial de ACNUR, cumpliendo con la legalidad vigente y la jurisprudencia, garantizando el principio de no devolución de los solicitantes de asilo, y que sus resoluciones contengan un enfoque de protección de los Derechos Humanos, género e infancia; por cuanto las solicitantes de asilo palestinas, están sufriendo aún, una mayor discriminación por razón de género, e instamos a que se adopten las mismas medidas que las concedidas en marzo de 2019 a los/as ciudadanos/as venezolanos/a, y promueva, a nivel de la Unión Europea, una medida similar a la adoptada el 4 de marzo de 2022, por las instancias europeas que adoptaron un mecanismo de protección internacional a nivel europeo para ciudadanos/as ucranianos/as, concediendo protección inmediata y colectiva a los mismos.
Estas medidas son necesarias para que los/as palestinos/as solicitantes de asilo puedan tener una respuesta rápida y eficaz, especialmente ante la situación actual de genocidio en Palestina y la persecución que pueden sufrir en su territorio.
28 de noviembre de 2024